
Registro de viajeros en Mossos d’Esquadra (registre de viatgers)
Si gestionas un alojamiento turístico en Cataluña —hotel, hostal, apartamento turístico, camping, casa rural o albergue— estás obligado a registrar la entrada de todos tus huéspedes, incluidos menores de edad y bebés, y a comunicar sus datos a la Policía de la Generalitat – Mossos d’Esquadra.
Cataluña es, junto al País Vasco, la única comunidad con sistema propio: aquí no se usa SES.HOSPEDAJES. La comunicación se hace a través de la plataforma de los Mossos d’Esquadra, conocida entre los alojamientos como Mossos Hotels por la dirección de la aplicación: registreviatgers.mossos.gencat.cat.
En esta guía tienes el proceso completo y actualizado: cómo darte de alta con el formulario PI-15, qué datos exige la fitxa de viatgers, en qué plazo hay que enviarla y qué sanciones existen.
Contenido
¿Quién está obligado a hacer el registre de viatgers?
Están obligados todos los establecimientos de hospedaje ubicados en territorio catalán, con independencia de su tamaño o de cómo comercialicen las estancias:
- Establecimientos hoteleros: hoteles, hostales, pensiones y casas de huéspedes
- Apartamentos y viviendas de uso turístico
- Campings y zonas de estacionamiento de autocaravanas
- Casas de turismo rural
- Albergues y hostels
- Bungalows y alojamientos similares de carácter turístico
El Real Decreto 933/2021 amplió además el círculo de sujetos obligados a los operadores turísticos que intermedian entre alojamientos y consumidores y a las plataformas digitales de intermediación que ofrecen servicios en España (art. 2.1).
El punto de conexión es la ubicación del establecimiento, no el domicilio social de la empresa: un alojamiento en Barcelona o Girona comunica a los Mossos aunque el grupo empresarial tenga la sede fuera de Cataluña.
Registro de viajeros en Cataluña: no se usa SES.HOSPEDAJES
Comunicado oficial de los Mossos d’Esquadra
El Departamento de Interior de la Generalitat publicó estas instrucciones para los establecimientos de hospedaje situados en Cataluña:
“Atendiendo a la concurrencia de normativas y de eventuales instrumentos informáticos para el cumplimiento y ejecución de las precitadas obligaciones por parte de los sujetos obligados, el Departamento de Interior de la Generalitat comunica a los establecimientos de hospedaje situados en territorio catalán los siguientes hechos e instrucciones:
- Existe un acuerdo de coordinación y cooperación vigente entre el Estado y la Generalitat, pactado en la sesión del 5 de noviembre de 2021 de la Junta de Seguridad de Cataluña, por el cual se acuerda que todos los establecimientos situados en Cataluña deben introducir los datos que requiere el Real Decreto 933/2001, de 26 de octubre, por el que se establecen las obligaciones de registro documental e información de las personas físicas o jurídicas que ejercen actividades de hospedaje y alquiler de vehículos a motor, en la plataforma vigente hasta la actualidad que gestiona el Departamento de Interior de la Generalitat.
- En consecuencia, el contenido de los datos que deben registrarse son los que prevé la normativa estatal (Real Decreto 933/2001, de 26 de octubre), y el instrumento ejecutivo para recogerlos es y seguirá siendo la misma plataforma informática de la Generalitat.
- Respecto a la tipología de los datos, se están llevando a cabo actualizaciones en los campos de registro de su plataforma para que se adapten al marco normativo vigente.
- Los sujetos obligados únicamente deben consignar los datos en la plataforma de la Generalitat (https://registreviatgers.mossos.gencat.cat/mossos_hotels/AppJava/) en el caso de que el establecimiento esté ubicado en territorio catalán, siendo este el punto de conexión de referencia, independientemente de que el establecimiento pertenezca a un grupo empresarial con sede social fuera de Cataluña.
- Los sujetos obligados, una vez registren los datos según el punto de conexión indicado (los establecimientos ubicados en Cataluña en la plataforma de la Generalitat), se considerará que han cumplido con sus obligaciones legales, sin necesidad de completar ni repetir ningún registro en otra plataforma informática. La Generalitat será responsable de transferir los datos al sistema integrado estatal común.”
El comunicado original cita “Real Decreto 933/2001”. Se trata de una errata: la norma aplicable es el Real Decreto 933/2021, de 26 de octubre (BOE-A-2021-17461).
Todo lo mencionado anteriormente entrecomillado está disponible en el siguiente documento: registreviatgers.mossos.gencat.cat/mossos_hotels/
En la práctica: registrar en la plataforma de los Mossos equivale a cumplir. La Generalitat se encarga de transferir los datos al sistema integrado estatal del Ministerio del Interior, de modo que no hay que duplicar el envío en SES.HOSPEDAJES ni existe riesgo de discrepancias entre administraciones.
Qué datos exige la fitxa de viatgers de los Mossos d’Esquadra
Los datos son los del Anexo I del RD 933/2021. Tras la adaptación de la plataforma en diciembre de 2024, el formulario de check-in incluye:
Datos de cada viajero
- Nombre y apellidos, sexo y fecha de nacimiento
- Tipo y número de documento de identidad (DNI, NIE, pasaporte, TIE)
- Número de soporte del documento, en DNI y NIE
- Nacionalidad
- Lugar de residencia habitual: dirección completa, localidad y país
- Teléfono fijo y/o móvil y correo electrónico
- Número total de viajeros de la reserva
- Relación de parentesco entre los viajeros, exigible cuando alguno de ellos es menor de edad
Datos de la transacción y del contrato
- Referencia del contrato: sirve el localizador de la reserva, el DNI del huésped principal o cualquier referencia única
- Fecha del contrato o de la reserva
- Fecha y hora de entrada y de salida
- Tipo de pago: efectivo, tarjeta de crédito, plataforma de pago, transferencia u otros
Firmas
- Firma obligatoria de toda persona mayor de 14 años que se aloje (art. 4.2 del RD 933/2021)
- Los menores de 14 años sí deben registrarse, pero no firman: sus datos los aporta el adulto mayor de edad al que acompañan
El responsable del alojamiento responde de la exactitud de los datos, que deben coincidir con el documento de identidad exhibido por el huésped.
Puedes descargar la fitxa de viatgers en blanco (Word y PDF, en catalán, castellano, inglés y francés) y el cartel de aviso a clientes desde el apartado de documentación de la web de los Mossos. También tienes disponible nuestra plantilla del parte de viajeros.
Cuándo hay que enviar el registro de viajeros en Cataluña
La regla básica en Cataluña, según la Orden IRP/418/2010: la información se debe comunicar dentro de las 24 horas siguientes al inicio del alojamiento de cada persona.
El RD 933/2021 añade un segundo hito. La comunicación debe hacerse de forma inmediata y, en todo caso, en un plazo no superior a 24 horas desde cada uno de estos momentos:
- Al realizar la reserva o formalizar el contrato o, en su caso, al anularlo
- Al inicio de los servicios contratados
No debe registrarse una entrada antes de que el huésped llegue efectivamente al alojamiento: el parte refleja una estancia real y, si se graba por anticipado, se corre el riesgo de consignar datos de alguien que finalmente no se aloja.
Cómo darse de alta en la plataforma de los Mossos (formulario PI-15)
Actualizado: el alta ya no requiere desplazarse a comisaría. El trámite es telemático.
1- Accede a la web del registre de viatgers y pulsa “Alta d’establiment” en la parte superior izquierda.

2- Abre “Formulari d’alta d’establiment (PI-15)”, cumplimenta todos los datos y pulsa “Aceptar” para generar el documento.


3- Imprime y firma el formulario. Deben firmarlo todas las personas que consten en él.
4- Entra en “Enviament del formulari d’alta (PI-15)” y adjunta el formulario cumplimentado y firmado junto con el DNI, NIE, NIF o pasaporte por ambas caras de la persona o personas que figuran en él. El sistema admite un máximo de 8 archivos, de 5 MB cada uno y 15 MB en total.
5- Para identificarte en el envío necesitarás idCAT Mòbil o un certificado digital de persona física, jurídica o vinculada.
6- Cuando los Mossos revisen la solicitud recibirás por correo electrónico el usuario y la contraseña para acceder a la aplicación.
Si no puedes hacerlo telemáticamente, la alternativa es presentar dos copias firmadas del formulario junto con tu documento de identidad en la Unidad Regional de Policía Administrativa (URPA) o en la comisaría de los Mossos d’Esquadra más cercana.
¿Problemas con el trámite? Los Mossos habilitaron el teléfono 93 486 84 26 (atención 24 h) para incidencias del registro de viajeros. Si la incidencia persiste más de 24 horas, la Generalitat indica usar la Petición genérica con firma electrónica dirigida al Departamento de Interior (tema “Emergencias y seguridad”, subtema “Seguridad ciudadana”) o el buzón de contacto de la web de Interior.
Cómo enviar el registro de huéspedes: las tres vías
Una vez dado de alta el establecimiento, la plataforma permite configurar el tipo de envío desde Manteniment d’establiments y, a continuación, Dades establiments:
- Fichas individuales de viajeros. Introduces los datos huésped a huésped en el formulario web. Válido para alojamientos con poco volumen, pero lento y con riesgo de error manual.
- Ficheros masivos de viajeros. Subes un fichero generado por tu software con la estructura especificada en la Resolución de 14 de julio de 2003 de la Secretaría de Estado de Seguridad. Útil si tu PMS ya lo genera.
- Integración automática. Tu software de check-in envía los partes directamente a los Mossos sin intervención manual.
Registro de viajeros automático en los Mossos d’Esquadra
Con Check-in Scan puedes hacer el registre de viatgers de todos tus huéspedes, incluidos los menores, de forma completamente automática, gracias a nuestra integración directa con la plataforma de los Mossos d’Esquadra.
El huésped completa el check-in online desde su móvil, escanea su documento y firma digitalmente. Los datos viajan solos a los Mossos. Recuerda que en Cataluña no hay que registrar nada en SES HOSPEDAJES.
Ten en cuenta que los check-ins se envían a Mossos d’Esquadra a partir de las 23:00 h del día de la llegada.
Conservación de los datos: el registro informático de 3 años
El RD 933/2021 sustituyó el antiguo libro-registro en papel por un registro informático.
El artículo 5 del RD 933/2021 obliga a llevar un registro informático con los datos del Anexo I, incluidos los de los menores de 14 años, y a conservarlos durante 3 años desde la finalización del servicio contratado, a disposición de los Mossos d’Esquadra, que pueden requerir su exhibición en cualquier momento.
La antigua Orden INT/1922/2003, que fijaba los libros-registro encuadernados de entre 100 y 500 páginas, solo mantiene vigencia en aquello que no contravenga el RD 933/2021. En la práctica, el libro físico ha quedado desplazado por el registro informático.
Los datos deben conservarse garantizando su integridad y confidencialidad, conforme a la normativa de protección de datos personales y seguridad ciudadana.
Excepción: quienes ejercen la actividad de hospedaje de manera no profesional quedan exceptuados de la obligación de registro documental y conservación (art. 5.4), pero siguen obligados a comunicar los datos.
Sanciones por no hacer el registro de viajeros
El régimen sancionador es el del capítulo V de la Ley Orgánica 4/2015 de protección de la seguridad ciudadana:
- Infracción grave (art. 36.20), de 601 a 30.000 euros: carencia de los registros documentales y omisión de las comunicaciones obligatorias.
- Infracción leve (art. 37.9), de 100 a 600 euros: irregularidades o deficiencias al cumplimentar los registros y comunicaciones realizadas fuera de plazo.
No hace falta mala fe: partes enviados fuera de plazo o huéspedes sin comunicar bastan para incurrir en infracción.
Preguntas frecuentes sobre el registre de viatgers
¿Qué es “Mossos Hotels”?
Es como se conoce popularmente la aplicación web del registre de viatgers de los Mossos d’Esquadra, porque su dirección contiene /mossos_hotels/. Es la misma plataforma que usan hoteles, apartamentos turísticos, campings y casas rurales de toda Cataluña, no solo los hoteles.
¿Tengo que registrar a los bebés y a los menores de edad?
Sí. Se deben registrar todos los huéspedes incluido menores, sin excepción. La diferencia está en la firma: firman los mayores de 14 años y los datos de los menores de 14 los facilita el adulto que los acompaña.
¿Hay que hacer el registro también en SES.HOSPEDAJES?
No. Si el establecimiento está en Cataluña, registrar en la plataforma de los Mossos es suficiente. La Generalitat transfiere los datos al sistema estatal.
Gestiono alojamientos dentro y fuera de Cataluña, ¿qué hago?
Los alojamientos catalanes comunican a los Mossos d’Esquadra y el resto a SES.HOSPEDAJES. El criterio es dónde está el inmueble.
¿Dónde descargo la fitxa de viatgers en blanco?
En el apartado de documentación de la web del registre de viatgers de los Mossos, en formato Word y PDF y en catalán, castellano, inglés y francés.
¿Qué pasa si un huésped se niega a dar sus datos?
El establecimiento no puede cumplir con la normativa y se expone a sanción. Los datos son una obligación legal, no una opción comercial, y así conviene explicarlo al huésped.
¿Cuánto tiempo tengo para enviar el parte?
24 horas desde el inicio de la estancia. El RD 933/2021 añade además la comunicación en 24 horas desde la reserva, la formalización del contrato o su anulación.
Fuentes oficiales
- Real Decreto 933/2021, de 26 de octubre (BOE-A-2021-17461)
- Ley Orgánica 4/2015, de protección de la seguridad ciudadana, régimen sancionador
- ORDEN IRP/418/2010, de 5 de agosto (DOGC núm. 5693, de 16/08/2010), normativa catalana del registro
- Trámite oficial “Registre de viatgers d’establiments d’hostalatge”, Canal Empresa de la Generalitat de Catalunya
- Plataforma del registre de viatgers de los Mossos d’Esquadra
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