Uno de los requisitos legales de mayor importancia para cualquier alojamiento turístico en España es presentar el registro de viajeros. Con la puesta en marcha del Real Decreto 933/2021, el registro de huéspedes se debe realizar mediante la plataforma SES HOSPEDAJES en todo el territorio nacional, excepto en País Vasco y Cataluña. A partir de 2025 el servicio de hospederías de la guardia civil queda desactivado mostrando el siguiente mensaje:
El registro de viajeros en Hospederías de la Guardia Civil lleva siendo un requisito obligatorio en alojamientos turísticos desde 1959, sin embargo, en el año 2013 se aprobó la nueva Ley 4/2013, de 4 de junio, de medidas de flexibilización y fomento del mercado del alquiler de viviendas, mediante la cual todo alojamiento turístico, ya sea hotel, hostal, casa rural o incluso apartamento particular, tiene la obligación de registrar a sus huéspedes para “garantizar la seguridad ciudadana”.
Según esta ley, el no cumplimiento de la norma, podría acarrear penalizaciones en forma de multa de hasta 30.000 €.
En el sector de los alojamientos turísticos, la legislación en España está en constante cambio, por lo que los propietarios de viviendas turísticas deben estar al día de todos las modificaciones.
El último cambio realizado en la legislación, fue Real Decreto 933/2021, del Ministerio del Interior, el cual establece las obligaciones de registro documental de huéspedes por parte de personas físicas y jurídicas, las cuales ejercen actividades de hospedaje y que debería de haber empezado a aplicarse bajo la plataforma del Ministerio del interior SES.HOSPEDAJES.
La transición para operar se debería de haber realizado en 2022, las dificultades técnicas hicieron que se aplazará hasta enero de 2023 y, tras un nuevo giro, el Ministerio del interior volvió a aplazar la fecha hasta octubre de 2024.
Índice
El registro de viajeros, consiste en rellenar tanto un registro, como un Parte de Viajeros de todo huésped independientemente de su edad. Estos datos deben ser enviados a las autoridades 24 horas después del alojamiento.
Estos datos deberán estar recabados durante al menos 3 años en el libro de registro de viajeros del establecimiento, con la finalidad de que, en caso de emergencia, las autoridades puedan acudir al libro de registro.
Será responsabilidad del propietario del alojamiento turístico, asegurarse de la veracidad de los datos aportados por parte de los huéspedes, un proceso, que puede resultar tedioso y que es posible su automatización gracias a la herramienta Check In Scan.
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Para hacer el registro de viajeros se necesitan datos de los viajeros, así como datos de la estancia:
La comunicación de los datos de los viajeros en hospederías de la guardia civil, se debe realizar a las 24 horas de hacer el check in o el check out del huésped en el alojamiento concreto.
Esta comunicación se puede hacer a través de varias formas:
Las consecuencias de no hacer el registro o hacerlo de forma incorrecta, pueden acarrear sanciones económicas. Si estamos ante un caso de una infracción leve, las consecuencias económicas comprenden entre los 100 y 600 €, las infracciones graves, comprenden entre los 600 y los 30.000 €.
Además de las sanciones económicas, si no se comunican los datos de los huéspedes, se pueden enfrentar a una apertura de diligencias por parte de la agencia tributaria.