El alquiler turístico en Valencia ha experimentado un cambio normativo importante desde este último año. Si tienes una vivienda turística o planeas alquilar una, es fundamental conocer la nueva limitación: Solo puedes alquilar hasta 10 días consecutivos a un mismo huésped. En este artículo te explicamos en detalle que implica esta medida, como afecta a propietarios y viajeros y cuáles son las alternativas legales.
Antes de pasar con el cambio normativo, si estás planteando entrar en el sector de alquiler vacacional de la Comunidad Valenciana, te recomendamos leer este artículo donde podrás conocer todos los detalles y el proceso para obtener la licencia de vivienda turística en Valencia.
Índice
Desde la entrada en vigor del Decreto Ley 9/2024, la Comunidad Valenciana establece que una vivienda turística solo puede alquilarse a un mismo huésped por un máximo de 10 días consecutivos. Si la estancia supera este plazo, el alquiler deja de considerarse turístico y pasa a regirse por la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), con otras obligaciones y derechos por ambas partes.
Esta limitación se aplica a todos los inmuebles registrados como viviendas de uso turístico y afecta tanto a propietarios como a plataformas de alquiler como Airbnb o Booking.
Esta medida busca:
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Si alquilas tu vivienda a un mismo huésped durante más de 10 días consecutivos, ese contrato ya no se considera turístico, si no contrato de temporada. El contrato debe regirse por la ley de arrendamientos urbanos, no es necesario contar con licencia turística ni cumplir con los requisitos.
El contrato debe especificar claramente la finalidad temporal(trabajo, estudios, vacaciones prolongadas) No se podrá anunciar como vivienda turística ni beneficiarse de los seguros o garantías asociados a este régimen.
Criterio | Alquiler Turístico | Alquiler de Temporada |
---|---|---|
Normativa aplicable | Decreto Ley 9/2024 | Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) |
Licencia turística | Sí (obligatoria) | No requerida |
Finalidad del alquiler | Vacacional / Turístico | Temporal (trabajo, estudios, tratamientos, etc.) |
Duración habitual | Hasta 10 días | Más de 10 días |
La limitación de 10 días ha generado debate ente propietario, plataforma y asociaciones varias. Algunos consideran la medida arbitraria y excesiva, ya que limita la flexibilidad de las estancias turísticas, especialmente en temporada alta, cuando muchas familias buscan alojamiento por más de 10 días.
La normativa también responde a la necesidad de frenar prácticas fraudulentas, como el encadenamiento de contratos cortos o el uso de distintos nombres para eludir la limitación, y prevé sanciones para quienes intenten sortear la ley. Superar ese plazo implica cambiar de régimen legal, con diferentes requisitos y obligaciones. Cumplir la normativa es esencial para evitar sanciones y garantizar una experiencia segura y legal tanto para propietarios como para inquilinos.